La incalificable ilegalización de Iniciativa Internacionalista por parte del Tribunal Supremo ha hecho más de lo que pretendía hacer. Ha hecho despertar la conciencia dormida de mucha gente a lo largo y ancho de España. Por un lado de la gente que se ha visto afectada personalmente por la ilegalización tajante y acrítica de II. Por otro lado la gente que está descubriendo cómo funciona realmente la justicia, puesto que este está siendo un caso más extravagante que de costumbre. Parece que se empieza a notar el maccarthismo presente en estos tiempos (la primera década del siglo XXI), que serán recordados como uno de los más oscuros en cuanto a calidad democrática se refiere.

¡Algo huele a podrido en España! Sobre todo cuando los medios afines al actual Gobierno está publicando material tan altamente inflamable. Hoy El País, en un ejercicio de responsabilidad e independencia, publica dos artículos donde viene a concluir que todo esto se nos está yendo de las manos. Si el diario insignia del Gobierno socialista hurga donde no hay que hurgar es porque el olor empieza a ser insoportable. Así nos habla desde, ni más ni menos, la editorial de hoy.

Fue el caso de ANV y lo es ahora de II-SP. Hay que probar con documentación, grabaciones, testimonios, la existencia de concertación entre ambas formaciones y la voluntad de la legal de colaborar con la ilegal para seguir actuando como apoyo o complemento de ETA. Sin embargo, el auto se limita a constatar la intención de Batasuna de concurrir a las elecciones y la presencia al frente de la lista de una persona, Alfonso Sastre, con vinculaciones con el mundo de Batasuna. Hay una gran desproporción entre una resolución grave, que afecta a derechos políticos (el de sufragio pasivo), y lo ligero de unos indicios no sustentados en material probatorio suficiente.

La negativa de los promotores a distanciarse expresamente de los métodos de ETA, sabiendo que hacerlo es considerado por el Constitucional un fuerte contraindicio de connivencia con el terrorismo, abona la convicción moral de que existe una vinculación con Batasuna. Pero apostar por la firmeza del Estado de derecho implica aceptar las limitaciones que impone la propia legalidad. No basta con la convicción moral: hacen falta pruebas o indicios solventes. Si no los hay, se descubre un flanco que los expertos del frente jurídico de Batasuna no dejarán de utilizar con vista al recurso contra la Ley de Partidos planteado ante el Tribunal de Estrasburgo.

Esta editorial posiblemente se escribió ayer, antes de que II presentara un recurso ante el Constitucional donde incluye una condena explícita y tajante de la violencia. Este varapalo para los intereses detrás de la ilegalización de partidos ha debido de escocer bastante en la pluma de algún redactor de El País, porque su titular denota cierto rintintín: “La lista ‘abertzale’ de Saste condena ahora la violencia“. ¿Qué clase de revanchismo es ese? ¿A qué viene ese “a buenas horas, mangas verdes” implícito en el titular? A veces me sorprenden de sobremanera los modos de los periodista, y más aún la inacción de sus superiores.

Por otro lado, también en la edición de hoy, el Catedrático de Derecho Constitucional de la UPV, Eduardo Vírgala, firme partidario de la Ley de Partidos, dedica un durísimo artículo hacia el funcionamiento de la Justicia española. Bajo un título tan poco interpretativo como es “Una peligrosa pendiente antidemocrática” nos brinda material realmente bueno, a la altura de una titulación como la suya.

El auto del 16 de mayo creo que continúa una peligrosa pendiente de aceptar acríticamente la posición del Gobierno, ya iniciada en la sentencia de 2005 sobre Aukera Guztiak y, en otro sentido, en el auto de 2007 sobre ANV. En la primera, los argumentos utilizados por el Tribunal Supremo fueron muy frágiles, ya que no se aportó ningún documento interno de ETA o Batasuna en que, aunque sea indirectamente, existiera mención a Aukera Guztiak y se utilizó una entrevista grabada con un preso etarra de la que sólo se deducía la intención de presentar dos listas, pero no que una de ellas fuera la de Aukera Guztiak, pudiendo existir, como así resultó, más listas que canalizaran la participación electoral de los partidos ilegalizados. De forma poco rigurosa, lo que fue además excluido luego por el Tribunal Constitucional, se imputó a la lista lo que el Tribunal Supremo calificó de “atípica precampaña electoral de Aukera Guztiak”, por no hacer propuestas electorales concretas.

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Ahora, en 2009, la tendencia de la sentencia de 2005 contra Aukera Guztiak se lleva hasta el extremo. El Tribunal Supremo se conforma con decir que ETA-Batasuna “ha tenido en todo momento intención de presentarse” sin que se haya aportado un solo documento en que esa intención se concrete en alguna mención, aunque sea indirecta, a II-SP. No hay constancia probatoria de reuniones entre Batasuna y los partidos que sustentan II-SP, ni de contactos en fechas previas a la convocatoria electoral, ni de asambleas de Batasuna en las que se decida la colaboración con II-SP.

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Finalmente, se apunta la ausencia de condena de la violencia por los portavoces de II-SP, pero hay que recordar que el Tribunal Constitucional entiende que la condena sirve para descartar la ilegalización, pero no lo contrario, salvo que otros indicios refuercen de forma clara la connivencia de una candidatura con el complejo terrorista.

De todas formas, conocida la doctrina del Constitucional sobre la valoración de la prueba por el Tribunal Supremo, de forma que sólo la revisa si actuó deduciendo “una conclusión irrazonable o arbitraria“, es difícil que ampare a la candidatura anulada. Pero, desde un punto de vista jurídico-constitucional, es lo que tendría que hacer.

Pero quizás el párrafo concluyente sea el más esclarecedor:

Muchas más probabilidades tendrán los afectados si deciden recurrir en última instancia al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Allí una sentencia condenatoria para España sería un auténtico desastre para nuestra democracia, por lo que ojalá el Tribunal Constitucional se arriesgue y ampare a los recurrentes.

Aquí está el meollo de la cuestión. El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo pende sobre el Gobierno español como la Espada de Damocles. Las posibilidades de una sentencia en firme contra la Ley de Partidos son amplias. Y estamos jugando en Europa, donde los tribunales no tienen los vicios manidos y proselitistas que abunda en la alta magistratura española. Allá no vale con llenar 50 folios de despropósitos envueltos en palabrería legal para estar por encima de lo legal y lo divino. Allá no hay Tribunales seguidistas que les da lo mismo firmar cualquier resolución con tal de que no se les eche encima la prensa o el Gobierno. Allá no tienen una idea viciada y acrítica de qué significa la democracia, en lo imparcial e hiriente de su palabra.

Sea como fuere, es un hecho que el único y frágil hilo donde se sostenía (por decir algo) la sentencia del Tribunal Supremo era la omisión de una condena explícita de la violencia. Este “rito de expiación” ha sido llevado a cabo, ¡abajo las máscaras!.

Y ahora, ¿qué?.

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